miércoles, 22 de octubre de 2008

Divorcio y Recasamiento

Criterios Bíblicos y Pastorales sobre el Divorcio y el Recasamiento

Introducción
En nuestro continente latinoamericano la crisis moral (o familiar) relacionada con el quebrantamiento de la vida matrimonial ha sido un legado generacional. Ya desde los tiempos del descubrimiento y la colonización de nuestro continente, los hombres que conquistan el continente ávidos de aventura, fortuna y gloria personal (todos llamados ‘cristianos’), que como tormenta humana, se arrojaban a poseer el Nuevo Mundo, atravesando los mares desde el viejo mundo. La manera de vivir de los aventureros era muy alejada de la vida cristiana, pero tenía mucho de la doble moral de estos días. Estos hombres (españoles, portugueses, y otros) dejaban atrás a sus y familias en la vieja y convulsionada Europa, para engendrar en tierras latinoamericanas primero, la raza mestiza y, luego con las cautivas africanas, la raza mulata; Y Lo peor es que el ejemplo de los propios clérigos no era menos terrible, y sólo era un aliciente más que contribuyó con todo ese ambiente disoluto, inmoral, y triste que desde la misma colonización ha venido llenando de llanto a los niños de este continente.
Ya para comienzos del siglo XX la situación no había cambiado, y al respeto escribe un obrero a finales de 1908: "Los hijos y las hijas de los curas proliferan por todas partes. No hay en esto ningún estigma, ni para ellos, ni para sus progenitores. En efecto el asunto no es considerado como cosa de inmoralidad, ya que de los sacerdotes, que tienen prohibido el matrimonio, no se puede esperar otra cosa, es decir, que tengan relaciones ilegítimas con una o más mujeres. De tal palo, tal astilla. La inmoralidad de los curas es indudablemente una de las razones de la flojedad del vínculo familiar en todas las regiones de Sud América. Mientras que el divorcio oficial no es permitido por causa alguna, separaciones y juntas ilegales son muy fáciles y muy comunes."
Por su parte las Iglesias Evangélicas en Norteamérica y Europa siglos después despiertan a la necesidad de enviar misioneros, pero en su afán de plantear una cultura más elevada, y un cristianismo más auténtico, encuentra que ante la decadencia del carisma, no dejan de vivir en sus propias realidades el conflicto social de una civilización que sufre una altísima tasa de divorcios, y aunque ha ayudado la promoción de valores superiores, la esencia del verdadero cambio radica en una verdadera conversión en la que sin ambages se predique y sea obedecida la Palabra de Dios. Esta acción transformadora que encontramos en la obediencia al verdadero evangelio viene a restaurar la relación del hombre no sólo con Dios, sino con su prójimo, y en especial con el prójimo más inmediato que viene a ser el conyuge y el núcleo familiar. Es en Cristo que encontramos el sencillo pero completo plan de Dios que nos lleva a vivir el amor, el noviazgo, el matrimonio, la familia, el trabajo, y todas nuestras acciones a la luz de la Cruz.
Ahora bien, en vista de la realidad socio histórica latinoamericana no nos extraña que la labor discipuladora en nuestras naciones haya confrontado las más diversas y grotescas situaciones deformadoras de la familia como es concebida por la Palabra de Dios. Quedan estupefactos muchos consejeros cristianos al tratar de resolver los más impresionantes e impensables enredos morales, sociales y espirituales de las familias a las que se pretende guiar a la obediencia del evangelio.
Esta es una sencilla reflexión orientada no a una comunidad o situación particular, sino que apunta a realidades más generales y a cuestionamientos posibles que pudieran plantearse en el cuerpo de Cristo, a situaciones que demandarán decisiones y respuestas bien sea de Presbiterios, Juntas Ministeriales o Directivas de las iglesias evangélicas que desean sostener su honesto apego a la Biblia y a sus principios. Luego y dada su sencillez de lenguaje y planteamiento se busca el acceso a todos, con la pretensión de que este modesto trabajo sea una “exposición de la palabra de Dios, que alumbra, que hace entender a los simples ...” (Salmo 119:130). En tiempos de bastante confusión, espero que sirva para aclarar los malos entendidos, que tan a menudo agudizan el sufrimiento.
Nuestro amado Buen Pastor, conocido también como el Príncipe de los pastores, nos convoca a la misión de dar cuidado, guianza, alimento, ayuda y corrección. En Él tenemos todos los recursos que requerimos de comprensión, oración intercesora, y orientación amorosa paciente y sabia. Asimismo, esta reflexión pretende ser apoyo práctico para quienes sin ser académicos de la asesoría tienen el llamado a exhortar, aconsejar y guiar a los más jóvenes en la fe. Incluyendo muy especialmente a las muchas parejas de recién convertidos que entienden y aceptan su necesidad de ordenar su familia según la Palabra de Dios a fin de que en el bautismo puedan dar un sólido testimonio de su fe. Pues gracias a Dios, la gran mayoría de las relaciones pueden ser sanadas y guiadas efectivamente y según los parámetros de la Palabra de Dios.
Es nuestro anhelo que esta sencilla orientación bíblica (aún no completada), llegue a ser una herramienta útil y eficaz.

EL DIVORCIO
En la Biblia no encontramos exclusivamente la expresión de los ideales divinos para la el ser humano y la sociedad, sino también de aquellos escenarios de vida humana, que son eventualmente duros y pecaminosos, y que existen en una categoría subideal. Los ideales son consolidados mediante pactos, promesas y mandatos, mientras que las realidades subideales son toleradas en silencio o cohibidas mediante prescripciones y advertencias, todo con el fin de reprimir las malas pasiones y que las acciones pecaminosas sean limitadas tanto como sea posible. Esta es la razón por la que el silencio y la legislación negativa, en cuestiones éticas subideales, deben analizarse con mucho cuidado.
El ideal Dios para la vida matrimonial incorpora, al menos, cuatro elementos, que son autoritativamente enseñados en Génesis 2:18-25; Marcos 10:2-12; Lucas 16:18 y 1 Corintios 7:39. (Romanos 7:1-14 debe aplicarse con cuidado, debido a que incorpora contenidos alegóricos e incluso culturales y circunstanciales)
1. La monogamia matrimonial (un hombre y una mujer). Observe las palabras del Señor que exponen el ideal original: “Por esto el hombre (singular) dejará ..., y se unirá a su mujer (singular), y los dos serán una sola carne” (Mt. 19:5; Mr. 10:7-8).
2. La persistencia del matrimonio. El mandato del Señor es “.. dejará .. y se unirá ..” (Versión Moderna: “.. quedará unido ..”)
3. La intimidad matrimonial. La vocación fundamental del matrimonio apunta a un compañerismo íntimo en que la personalidad encuentra su satisfacción y realización - “los dos serán una sola carne.”
4. La mutualidad matrimonial. El matrimonio implica la mutua realización en una relación plenamente satisfactoria para ambos, como se refleja en la expresión “ayuda idónea” (Gén. 2:18).
El ser humano en su maldad y pecado, es capaz de quebrantar el ideal de Dios. El ser pecaminoso eventualmente decide vivir en un nivel subideal. Al ser así, la poligamia, el divorcio, y el recasamiento llegaron a tolerarse en el Antiguo Testamento, aunque bajo restricciones legales particulares. Estas conductas no son recomendadas o aprobadas por Dios. Más bien son sufridas por ÉL, pues no están conformes a su perfecta voluntad y su sabio consejo. Esas conductas siempre llevan consigo terribles cicatrices, indecibles sufrimientos que llegan a ser inexpresables, y quebrantos infinitos. Y todo esto independientemente de las causas y las circunstancias las que sean.
Nuestro Señor señaló que el ideal de Dios puede ser quebrado totalmente. Dijo: “... por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre” (Mt. 19:6). Aunque no usa la palabra “divorcio”, esa expresión está claramente implicada. Las palabras “juntar” y “separar” forman una antítesis directa; todo lo que represente la una, la otra lo deroga.

La Biblia señala dos causales clásicas particulares para el divorcio:
(1) La fornicación (Mt. 5:32 y 19:9) y
(2) El abandono deliberado (1 Cor. 7:15).
No obstante, en ninguno de los dos casos se exige el divorcio, ni necesariamente debe ocurrir de forma automática. El ideal es que no se ejecute. Es por ello que no tenemos prescripciones específicas sobre el tema, pues se sostiene la esperanza de que el divorcio no se concrete.
En la Biblia se admite que por ciertas razones puede concederse la ruptura del vinculo matrimonial, pero ofrece detalles, ni se presentan las especificidades que legislen cual única receta el tratamiento del tema (Mc. 10:9; 1 Cor. 7:10-11). No obstante se reconoce la existencia de esas razones y a lo largo de la historia la iglesia las ha resuelto con la autoridad que de Dios recibe, bien sea desde las prerrogativas pastorales o de otra índole según fuere el caso y las circunstancias.
En primera instancia podemos establecer el lamentable hecho de la ruptura de la unión matrimonial por fornicación - una quiebra que hace legítimo el divorcio, sin que esté implícita la condena o el reproche divino. (Mateo 5:32; 19:1-9 y 1 Corintios 7:1-16).
Es precisamente en Mateo 5:32 y 19:9 que encontramos la llamada: “cláusula de excepción” (“.. salvo por causa de fornicación ...”). En respuesta a los críticos textuales y para ser fieles a los manuscritos más confiables, debemos rechazar de plano la insinuación de algunos de que esta ‘cláusula’ pudiera una interpolación, insertada por otros y no escrita por el autor original del Evangelio de Mateo. No hay base que sustente tales posturas. Eventualmente pudieran existir dudas textuales en cuanto a la última parte de Mateo 19:9, “.. y el que se casa con la repudiada, adultera”, pero en vista de que las mismas palabras se encuentran en Mateo 5:32, la enseñanza transmitida permanece válida.
Algunos piensan que Cristo en Mateo 19 estaba refutando a los judíos, ya que en el versículo 7 le estaban discutiendo sobre Deuteronomio 24:1-4. Según ellos, El Señor, con su explicación de Deuteronomio, expone exclusivamente a los judíos y no a los gentiles. Esta argumentación es también cuestionable, pues si fuera acertada tendríamos que confinar todo el Sermón de la Montaña a los judíos y excluiría a los gentiles, y con ello se delimita la universalidad de la enseñanza de Cristo.
Otra objeción gira en torno a las palabras fornicación (porneia) y adulterio (mokeia). Hay quienes interpretan que fornicación se refiere exclusivamente al pecado sexual antes del matrimonio, mientras que adulterio se refiere a la infidelidad de quien ya está casado, y que por tanto algunos interpretan que el pasaje bíblico se refiere al descubrimiento de que la persona que es objeto de repudio está bajo sospecha o convicción de haber fornicado antes de casarse.
El caso es que tenemos textos en que la diferencia entre fornicación y adulterio es clara, y que se nos presentan como pecados separados (por ejemplo, Mt. 15:19 y Gál. 5:19), pero no siempre podemos distinguir los dos términos. En la conducta sexual ilícita no podemos justificar bíblicamente de manera absoluta la aplicación de un término exclusivamente al pecado prenupcial y el otro al post-nupcial. En la mayor parte de los casos en el Antiguo Testamento la palabra adulterio señala una relación sexual ilícita con la esposa de otro, o bien de quien está casado y es infiel con alguien más, más no ocurre así en todos los casos (por ejemplo: Jer. 23:14; Os. 4:2). Vemos que la expresión Fornicación, generalmente, se refiere a la lascivia y la prostitución (y alegóricamente a la idolatría) y no excluye a personas casadas.
El Nuevo Testamento también usa la palabra adulterio para señalar la relación sexual ilícita con el cónyuge de otro, sin embargo tiene pasajes en que no hay señal definida que especifique si hay personas casadas involucradas (Lc. 18:11; Jn. 8:3; Heb. 13:4). Tampoco se especifica el caso de gente soltera en los variados empleos del término fornicación (p.e: Jn. 8:41; Hch. 15:20, 29; 21:25 y Ef. 5:3). En 1 Corintios 5:1 y 7:2-5 hay referencias a la fornicación de personas casadas.
Luego, conceptualmente la siguiente distinción parece la más acertada. Adulterio, se relaciona actos post-nupciales específicos; mientras que fornicación es (1) una expresión general, que identifica toda clase de conducta sexual ilícita, inclusive el adulterio, y (2) una referencia a la vida entregada a tales prácticas como la lujuria y la prostitución.
Finalizando el análisis de estos pasajes podemos decir que l contexto de Mateo 19:9 es distinto al de 5:32, pero un estudio, palabra por palabra, de este último no echaría luz adicional sobre la obligatoriedad del divorcio por causa de fornicación. Sin embargo de estos pasajes aprendemos que el pecado de fornicación es de una naturaleza tan devastadora, que justifica y puede destrozar (aunque no necesaria u obligatoriamente ante la ley) el vínculo sagrado del matrimonio.
La enseñanza de 1ª Corintios 7 es el pasaje más destacado que tenemos de Pablo en relación con nuestro tema y merece una cuidadosa consideración. Los Corintios habían cuestionado a Pablo sobre asuntos relacionados con el matrimonio.

En 1ªCorintios 7 Pablo desarrolla cuatro axiomas, que son pautas a considerar.
Primero, eventualmente el estado de soltería, puede tener sus ventajas, pero está rodeado de graves peligros. El matrimonio es una garantía contra algunos males, lo cual no quiere decir, que sea inferior en valor. No se afirma que el celibato sea más santo que el matrimonio, pero, sí, que es una posición más frágil (7:1-9).
Segundo, el ideal divino es que los cónyuges no sean separados más que por la muerte. Y si una separación tiene lugar, dos cursos de acción se abren (7:10-11): 1) separación sin nuevo casamiento - “quédese sin casar”; y 2) reconciliación - “reconcíliese con su marido.”
Tercero, el o la creyente no puede separarse del incrédulo por diferencias religiosas. El vínculo matrimonial contraído antes de la conversión no puede alterarse por el creyente después de la conversión por ser ‘un yugo desigual’ (7:12-14).
Cuarto, si la persona incrédula insiste en separarse, “sepárese” (15). Esta es la prescripción y concesión apostólica; “pues no está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en semejante caso.” Posteriormente hablaremos de las implicaciones de las actuaciones que se entienden como un acto de separación de parte del incrédulo, y quien es un incrédulo.
Los principios iníciales se interpretan sencillamente. No así el cuarto, pues existen serias diferencias en la interpretación del versículo 15. Esta sección constituye un veredicto apostólico y/o pastoral. Tenemos que establecer su autoridad, contenido y resultados.
Su autoridad. El cambio de “no yo, sino el Señor” (v. 10) a “yo digo, no el Señor” (v. 12) es muy significativo, y no debe pasar desapercibido. Es la única vez vemos esto en los escritos paulinos. Señala que el caso tratado en vs. 10 y 11 es considerado autoritativamente por el Señor. Sin duda Pablo está haciendo referencia a la enseñanza del Señor acerca del divorcio, tal como se hallaba en la tradición de la iglesia en ese tiempo, la que fue más tarde escrita en los evangelios.
No obstante, el problema en los vs. 12 a 15 es tratado por primera vez. Aquí Pablo emite un veredicto autoritativo en relación, no con el divorcio legal (repudio), sino con la deserción irresponsable, motivada por antagonismo religioso e intolerancia. Sin embargo, la autoridad presentada en este texto es interpretada de diferentes maneras, incluso como autoridad circunstancial, cuyo principio más elevado sería “No está… sujeto a servidumbre” y “a paz nos llamó Dios”. Claro se puede argumentar con firmeza y coherencia contra el postulado circunstancial.
Su contenido. “Sepárese” es el veredicto apostólico. Si el cónyuge incrédulo se separa del creyente, el creyente no tiene la obligación, ni el derecho de exigir al incrédulo, y tampoco tiene la obligación de impedirle que haga oficial la separación. La palabra “sepárese” es bastante clara.
Sus resultados. El creyente abandonado, “no está .. sujeto a servidumbre.” Es decir es libre de considerar concluido el pacto matrimonial, y queda el cónyuge inocente en la condición de soltero, no casado, y libre de los compromisos y responsabilidades del matrimonio.

Sin embargo, hay dos objeciones que eventualmente surgen contra esta conclusión.

La primera es que esta declaración de Pablo estaría en contradicción con la enseñanza de Jesús. El apóstol, no obstante, está bien claro con el hecho de que iba más allá, aunque no en contra, de su Maestro. Razón por la cual no apela a los dichos de Cristo, sino a su propia autoridad apostólica (compare vs. 10 y 12). El apóstol jerarquiza con mucho cuidado el tema de la autoridad. Primero argumenta sobre la base de: “.. mando, no yo, sino el Señor ..” Así refiere particularmente a la enseñanza y autoridad del Señor. Posteriormente se refiere a su propia autoridad apostólica, dando por sentado que tiene un mandato de Cristo. Esto incluye el pasaje bajo consideración. Finalmente, la discreción, divinamente iluminada, le enseña y le lleva a declarar: “a mi juicio” (o: “en mi opinión”). En fin, Pablo está consciente de cuando habla desde la tradición (la enseñanza de Cristo), la revelación, y la iluminación. Mientras las primeras son absolutas, la tercera es acondicionada por el tiempo y la cultura.
El Señor en su discurso trata el tema del repudio (expulsión), el apóstol, por su parte, trata con la deserción premeditada o irresponsable de parte del incrédulo. Ambos temas son muy diferentes.
Encontramos asimismo un contraste en el tono y modo de expresión en los vs. 10 y 11, donde trata con el vínculo matrimonial de creyentes, y el precepto decisivo del v. 15, donde es considerada la deserción premeditada. En los vs. 10 y 11 es una orden apostólica: “Que la mujer no se separe del marido, ... que el marido no abandone a su mujer”, y en medio el imperativo de: “…quédese sin casar, o reconcíliese ..” En el vs. 15 tenemos el contraste del precepto permisivo: “ .. sepárese .. (que se marche) .. no .. sujeto a servidumbre en semejante caso ..”
Pablo no está contradiciendo a su Maestro. Está declarando un principio, tal como tuvo que hacer en otros muchos instantes, para regular casos sin precedente en la iglesia entre los gentiles.

La segunda refutación pudiera hacerse en base de un suavizar del autentico significado de “sepárese” o “no sujeto a servidumbre.” Por ejemplo, (Fisher-Hunter) considera que la palabra “servidumbre” del vs. 15 no puede referirse al matrimonio, sino que pudiera ser una alusión a la relación con el pecado o con Dios. Sin embargo, el mismo, que el verbo “ligado(a)” de los vs. 27 y 39, que allí claramente se refiere al matrimonio, tiene (en griego) la misma raíz que “servidumbre”. Él concluye que, aunque se haya producido una separación y con ella una cierta libertad, esto no disuelve la unión matrimonial y sus vínculos.

Otros, como Lenski, Ellicott, Robertson, y Plummer, concluyen al contrario; y podemos asentír con ellos por varias razones:
1. La gravedad del pecado de la deserción. En el caso del hombre es un acto de deslealtad hacia su esposa e irresponsabilidad hacia su familia. La Biblia lo califica como “peor que un incrédulo” 1ª Timoteo 5:8. En el caso de la mujer, la deserción constituye un acto de rebeldía contra el orden de Dios y de los hombres.
2. El enfático “sepárese”. En esta forma la expresión es utilizada doce veces en el Nuevo Testamento (Mt. 19:6; Mc. 10:9; Hch. 1:4; 18:1-2; Ro. 8:35, 39; 1 Co. 7:10-11, 15; Flm. 15; Hb. 7:26). Seis veces se relaciona con el matrimonio. Dos veces Cristo la usa como la clara antítesis de “juntar”. Pablo la utiliza cuatro veces, en 1ª Corintios 7 le manda a los creyentes sobre la base de las palabras del Señor de “no separarse” (Mt. 19:6; 1 Co. 7:10-11). Luego, si ellos, insisten en “separarse”, pueden hacerlo, pero quebrantan la ley de Cristo y se les “sujeta a servidumbre” (para usar la frase del v. 15) para “quedarse sin casar.” En los vs. 10 y 11 es mencionada especialmente la mujer. Aunque haya dejado de estar vinculada a un esposo, está ligada por el mandamiento bíblico.
La contundencia del lenguaje griego en el enunciado de “sepárese” en el v. 15 no debe minimizarse. Ellicott argumenta que esta expresión en el griego es el señalamiento prudente para la deserción maliciosa y debe tomarse con toda seriedad, ya que está en el imperativo permisivo. Robertson y Plummer añaden: “De modo que si el cónyuge inconverso procura el divorcio, el cónyuge cristiano es libre de consentir.” También: “si el que se mantiene en el incredulidad pide el divorcio, el creyente no está obligado de resistirse.” Lenski escribe: “Lo que fractura y destruye el matrimonio es el hecho de que se mantenga separado. El apóstol Pablo plantea una condición de realidad y, por tanto, está pensando en un caso actual. Los dos verbos son de permanencia: ‘Si se mantiene separado, que se mantenga separado.’ ¡Hecho! El matrimonio concluyó, que quede así ... La deserción se asimilará al adulterio en su efecto. Los dos quebrantan el vínculo matrimonial.”
No podemos minimizar la magnitud de la expresión sepárese, pues ella revela la seriedad de la situación. Lo que Cristo anticipó y prohibió aquí se hace realidad y experiencia. El ser humano en su pecaminosidad, no solo por una vida de fornicación, sino también por un acto de voluntad, tiene y ejerce el poder, de separar lo que Dios ha juntado.
Debemos considerar también que eventualmente para algunos implica que si la iniciativa del incrédulo es separarse, demás estaría la recomendación al creyente de separarse cuando eso ya es un hecho efectivo, y que en todo caso la acción del creyente es a tomar medidas en lo que se presenta ante actos que constituyen una separación de hecho, y que obligan al creyente a tomar decisiones definitivas, pues el incrédulo con sus malas acciones de por sí está iniciando una separación al asumir comportamientos intolerables, los cuales son juzgados por la comunidad de fe, de la misma manera que Pablo o la iglesia primitiva juzgaron pastoralmente.
Puede haber un significado en pasajes, tales como Mateo 10:34-37 y Lucas 14:26, que sea más profundo de lo que estemos preparados a admitir o experimentar. La fe y la incredulidad son capaces de separar tan radicalmente como cualquier otra causa.
3. Las palabras del Apóstol “no .. sujeto a servidumbre.” Nos deben llevar a admitir que aquí, igual como en el párrafo anterior, hay lugar para distintas variantes interpretativas. La palabra traducida “servidumbre” no expone un concepto concluyente sobre el significado de la expresión. Lo que sí queda claro es que implica el declarar libre al creyente. En esto la mayoría de los comentaristas están de acuerdo. Pero no está definida la naturaleza y alcance de esta libertad. Tampoco nos ayudará mucho un estudio del uso de la palabra en el total de la Biblia. Se trata de una palabra usada en un sentido algo amplio. Por esto tenemos que mirar a otra parte para buscar ayuda. Creo que 1º Corintios 7 nos puede brindar una orientación.
Pablo presenta directrices específicas para las relaciones entre marido y mujer (7:1-5). Tiene una orientación clara para los no casados y las viudas (vss. 7-9). Tiene una palabra llana y decisiva para maridos y mujeres creyentes (vss. 10-11). Tiene una ordenanza definida para maridos creyentes en relación con esposas incrédulas y viceversa (vss. 12-14). Y creo que tiene una palabra clara para el cónyuge cristiano que es desertado - él / ella no está sujeto a servidumbre, sino que es libre.
¿Libre de qué y para qué? En esto el apóstol guarda silencio. Igualmente nosotros hacemos bien en imitarlo. No podemos conceder licencias para el nuevo casamiento, pero tampoco podemos crear leyes que impidan un nuevo matrimonio. Mientras pueda haber consejo, no puede haber una decisión absoluta y obligatoria. Cada individuo tiene que decidir conforme a su conciencia y la conciencia de su iglesia y comunidad.
Los comentaristas son prácticamente unánimes, en enseñar que las dos palabras: “servidumbre” (1 Co. 7:15) y “ligado” (vs. 27, 39) poseen la misma raíz (deo), lo que señala su parentesco. Así que, parecería lógico afirmar que cuando dice: “no sujeto a servidumbre” en el v. 15, es decir: “no ligado”, esto indica lo opuesto a: lo que es “ligado” en los vss. 27 y 39. Tal como el uno es “ligado” (en matrimonio), el otro es “desligado” (en matrimonio), indicando con ello la disolución del vínculo conyugal.
Veamos los vs. 10 y 11. Aquí tenemos una orden específica: “Que la mujer no se separe del marido.” Pero si desacata este mandato, se aplica un segundo mandato junto a una orientación: “.. quédese sin casar.” En contraste con esto, el apóstol instruye en el v. 15: “ .. sepárese”, con la consecuencia: “.. no está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en semejante caso.”
Este contraste es significativo y parece implicar que el creyente desertado ha quedado en total libertad de la ligadura o vinculación (servidumbre) del matrimonio.
El vs. 15c, nos presenta la prescripción puntual de Pablo en medio de una condición cultural determinada, y luego de dar instrucciones destaca un principio “No está el hermano sujeto a servidumbre” o “esclavitud”; “sino que a paz nos llamó el Señor”. Creemos que esta paz tiene que ver no sólo con la tranquilidad espiritual personal como búsqueda egoísta del propio bienestar, sino también con el cese de los conflictos, unos dirán que mediante una separación que la propicie, pero en el espíritu observable en la Biblia tiene que ver fundamentalmente con el perdón y la reconciliación, y muy especialmente con hacer incondicionalmente la voluntad de Dios como categoría superior que rige nuestra vida.
En base de todo esto (aparte de las desviaciones al tema principal de la sección) consideramos que la deserción premeditada de parte del cónyuge incrédulo equivale en consecuencia al divorcio. Esto disuelve el vínculo matrimonial y libera al creyente de su relación de matrimonio.
De este modo la enseñanza neotestamentaria sobre el divorcio revela los siguientes hechos:
1. Hay la posibilidad que el ideal matrimonial de Dios sea transtornado y / o destruido por el hombre pecaminoso.
2. La Biblia reconoce (o sufre) el divorcio y la disolución de las relaciones matrimoniales.
3. La fornicación y la deserción premeditada constituyen causas bíblicamente legítimas para la disolución de la relación matrimonial.
4. Hay planteamientos de tratamiento de casos y/o reconocimiento de legítimo divorcio en el marco de las prescripciones o admisiones pastorales o eclesiásticas.
Sin embargo, debe enfatizarse que la disolución matrimonial no es conforme a la perfecta voluntad y el propósito benevolente de Dios. Es uno de los males del pecado y, como un cáncer, opera en la humanidad. El perdón, la reconciliación y la restauración se acercan más al ideal de Dios, no importa cuales hayan sido las causas del quebranto. Este último principio se enseña claramente en la experiencia de Oseas, incluso cuando en el libro que lleva su nombre no hay mandamiento al respecto.


EL RECASAMIENTO

La consideración del recasamiento, a la luz del Nuevo Testamento, es aún más complejo que el estudio sobre el divorcio. El Nuevo Testamento menciona el problema del divorcio, pero mantiene silencio sobre el recasamiento. Esto no es sorprendente, porque la Biblia no manda o legisla los comportamientos subideales. Lo que hace es regular, prohibir y juzgar tal vida. Así que no debemos esperar hallar mandamientos y permiso para recasamiento. El Dios que proclama los ideales más altos y nobles no puede legislar ideales inferiores, aunque pueda permitir (en la vía de excepción que busca propender progresivamente al ideal) y acompañar al hombre imperfecto que vive y opera en un nivel subideal.
La Biblia expone de manera clara que sus preceptos son mandamientos, no consejos ni sugerencias. Su perfección exige algo absoluto, y esta es la razón por la que debemos esperar un silencio divino y/o buscar prohibiciones y regulaciones para orientarnos en el tema del recasamiento.
El recasamiento encontrado en el Nuevo Testamento debe examinarse cuidadosamente sobre la base de la clasificación de los involucrados.
Viudas y viudos. Para estos el casamiento ni se manda, ni se prohibe. Se acepta como un privilegio y se asume como un asunto de sabiduría y conveniencia humanas (Ro. 7:1-14; 1 Co. 7:6-9).
Divorciados (como victimas) por causa de fornicación o deserción irresponsable. En esto la Biblia guarda silencio. Aquí el recasamiento ni se manda, ni se prohibe, como se comprueba en el estudio cuidadoso de los textos. Siendo así, se hace un asunto de la prescripción eclesial que evalúa el caso o lo admite a la conciencia personal delante de Dios y de la sociedad. Sabiduría y conveniencia personales, iluminadas por el Espíritu, se establecen como la guía a seguir.
En la enseñanza de Cristo en Mateo 5:32 y 19:1-9 no hay prohibición alguna para que los divorciados por causa de fornicación, vuelvan a casarse. Ni siquiera hay un reflejo negativo del Señor respecto al recasamiento en tales casos. Tampoco hay legislación en los escritos de los apóstoles en general, ni específicamente de Pablo en 1 Corintios 7:15, que hiciera pecaminoso el recasamiento de un creyente desertado.
En estos casos la iglesia razona desde el silencio de la Biblia y la prudencia social.
Es interesante que en textos como Mateo 5:32 y 19:9, no se hace una distinción entre la parte inocente y la culpable en el asunto del nuevo casamiento. Aquí el silencio de Cristo es de complicada interpretación. No obstante, El es Dios sabio y debemos cuidarnos de no hacer de sus silencios un permiso positivo, ni una legislación negativa.
La negación de la legitimidad y privilegio del nuevo casamiento a quienes se divorciaron por causa de fornicación o disolución del matrimonio por deserción del conyuge, es una ilegítima imposición de nuestros criterios ante los silencios del Nuevo Testamento, e incluso contradice el consejo paulino en 1ª de Corintios 7:1-9, anteponiendo así nuestro razonamiento al del mismo Creador, quien declaró: ”No es bueno, que el hombre esté solo; le haré ayuda idónea para él” (Gn. 2:18).
Nuevamente destacamos que el perdón, la reconciliación y la restauración son realidades preferibles y más ideales. No obstante, si ellas no son posibles, no pueden prohibirse el divorcio y el recasamiento sobre la base de una enseñanza que la Biblia no contenga.
Al finalizar este punto explicamos que por otra parte es de tomar en cuenta el hecho de que el texto de Mateo 5:32 está enmarcado en el sermón del monte en que se expone una serie de premisas basadas en el idealismo del Reino de Dios y en el que mediante el uso de distintos recursos argumentativos incluso la hipérbole se nos presenta la realidad de vida perfectible a la que somos invitados en 5:48. Claro esta temática es objeto de desarrollos posteriores que no son absolutamente pertinentes a este escrito.
Los divorciados por causas distintas a la deserción y la fornicación. Las decisiones relacionadas con este tipo de casos, representan serias complicaciones y generan sus problemas en el ámbito de la practicidad de la pastoral cristiana, sin embargo el problema es menos difícil para evaluar y juzgar bíblicamente.
Dos hechos se presentan en Mateo 5:32; 19:9; Marcos 10:2-9; Lucas 16:18 y 1 Corintios 7:10-11:
1. El divorcio que se ejecuta por motivos distintas a la fornicación o la deserción es efectivamente un divorcio. Esto se infiere con toda claridad en la enseñanza de Cristo. El divorcio distorsiona y viola el orden de la creación de Dios (Mc. 10:6-9). El divorcio es una transgresión de una ley fundamental de Dios, el divorcio quebranta la divina institución de la familia como núcleo de la convivencia humana, el divorcio destruye un ideal divino. Luego, como claramente enseña Cristo o el Apóstol Pablo, llega fácilmente a ser causante de adulterio (Mt. 5:32b, 1ª Cor. 7:10-11). Nadie puede matizar ni disminuir lo grave del pecado del divorcio con todas sus fatales consecuencias, especialmente cuando tiene lugar por motivos diferentes a los expuestos en Mateo 5:32; 19:9 y 1 Corintios 7:15.
No obstante, concluir que en realidad a los ojos de Dios no hay un divorcio en el acto de la separación formal, excepto en los casos de fornicación y deserción, nos dice que se ha hecho una mala lectura de la Biblia. El hecho “lo que Dios juntó” de Mateo 19:6 se puede llegar a convertir en un ”lo separa el hombre”, si así lo decide el hombre. De esa manera también la casada se hace una mujer “sin casar” (1 Co. 7:11), la misma palabra, que en el v. 8 es traducida por “solteros”. Así reconocemos que no existe vínculo que el ser humano en su entrega al pecado no pueda romper. Esto es lo grave y extraordinario de la capacidad, el albedrío, y de la responsabilidad del hombre.
2. El casamiento de los divorciados por causas, distintas a la fornicación y deserción, constituye adulterio. Este es la sentencia unánime de los evangelios (Mt. 5:32; 19:9; Mc. 10:11-12; Lc. 16:18). Pablo por su parte manifiesta su en cuatro imperativos: “Que la mujer no se separe del marido; ... quédese sin casar, ... reconcíliese ...; y que el marido no abandone a su mujer” (1 Co. 7:10-11). Este es un hecho escritural, profundamente solemne y serio, no es matizable, no deja lugar a debates, alteraciones o excepciones. De esta forma los recasados por causa distinta a la deserción o fornicación, incurren en dos serios pecados: Transgredir una ley fundamental de Dios y el hecho del adulterio. Y, como inequívocamente enseña la Biblia “el camino de los transgresores es duro” (Pr. 13:15).
La Biblia no explica por qué se considera adulterio al recasamiento. Al parecer, puede tratarse de que Dios no reconoce esa separación y los sigue considerando una sola carne. No obstante, este es un razonamiento especulativo. Por otra parte, Pablo reconoce a la mujer separada como una mujer “sin casar” (7:11), y Cristo asume la actualidad del divorcio. Dice: “.. lo que Dios juntó, no lo separe el hombre” (Mc. 10:9). Lo claro es que el hombre es capaz de separar, y esto es considerado pecado; es allí cuando el recasamiento equivale a adulterio.
Luego a esta altura es necesario comentar que si bien La Escritura habla en términos muy claros sobre el pecado del recasamiento al haberse producido un divorcio ilegítimo, sin embargo no coloca fuera del perdón a los que están involucrados en tal recasamiento, si es que hay arrepentimiento. Tampoco es exigida una disolución del matrimonio. Es posible el perdón sin que por ello se deba romper el matrimonio actual, y en esto priva el criterio de la escogencia del mal menor antes que el mayor, y es consideración de la iglesia la definición individual de cada caso con base a principios éticos inspirados por los más pertinentes valores bíblicos.
Los recasados y su membresía en la Iglesia
¿Debemos admitir como miembros en la iglesia a personas que han sido divorciadas y recasadas? Sin duda la respuesta es afirmativa por diversos motivos.
La primera razón es que tal como ya hemos considerado, aquellos que se han arrepentido de sus pecados y por la fe se han apropiado del perdón divino, son efectivamente perdonados, y esto sin romperse el segundo matrimonio. Luego, los pecadores perdonados son naturalmente hijos de Dios y por tanto bíblicamente beneficiarios de la membresía y comunión de la iglesia local.
La segunda razón es que la Biblia no reglamenta en contra la admisión de recasados en la membresía. A la luz de las condiciones históricas y culturales prevalentes en tiempos apostólicos, no cabe duda de que existieran numerosos casos de irregularidades matrimoniales entre los convertidos. Sin embargo, al no aparecer regulaciones para su admisión a las iglesias, debemos concluir que, como mínimo, su admisión era tolerada. En la actualidad pudiera ocurrir, en circunstancias específicas, que la prudencia que procede del Espíritu Santo nos guíe de maneras distintas.
La tercera razón está basada en la pastoral paulina. Revisemos el desarrollo y dinámicas de la membresía de las iglesias de Corinto y Efeso (1 Co. 6:9-11; Ef. 2:1-10; 5:1-21). Con esos antecedentes la iglesia no era un grupo de personas que hacía que alguien se sintiera orgulloso de estar asociado. Sin embargo, lo vivido en tiempos pasados, una vez perdonados, no impide el ser miembro de una iglesia local. La iglesia es reconocida como “militante”, pero debe también serlo como un hogar, un taller, una guardería, un hospital, un centro de rehabilitación, un sanatorio, un refugio, etc. Tal como hizo la iglesia primitiva, en nuestras iglesias somos llamados a dar lugar a cada pecador arrepentido y perdonado sin volver a reparar en su pasado. De modo que no hacemos investigación del pasado de la gente que viene a Cristo sino que los recibimos como miembros de la familia de los redimidos. Tal como los halló la gracia divina así se les anima a permanecer mejorando más bien su condición, así por ejemplo se invitará al que esté en concubinato a casarse y no continuar en ese indigno estado. Al mismo tiempo no se admite al presunto creyente que busca refugio para la tolerancia de su pecado a aquél que de manera reciente abandona el hogar y cree desobedientemente que el cambio de iglesia es una manera de eludir su responsabilidad en el Cuerpo de Cristo. En todo caso estos son postulados para el tratamiento general de las situaciones y cada caso tendrá las particularidades que demanden la búsqueda del consejo del Espíritu Santo para la interpretación y consideración de cada situación.
La cuarta razón. En 1ª Corintios 7:16-24 los creyentes son exhortados a que se mantengan en la relación civil y humana en la cual fueron hallados por la gracia de Dios. El sentir de todo este capítulo se opone a la destrucción de las relaciones familiares, especialmente, cuando alguna posibilidad queda a favor de este noble objetivo. Si Dios puede perdonar sin que se destruya la relación existente, sería absurdo que la iglesia prescriba su destrucción. De modo que la pastoral de la iglesia debe asumir con sumo cuidado las exigencias que hace.

El Recasamiento y el Servicio
¿Qué podemos decir del ejercicio ministerial (especialmente público y notorio) en la iglesia? En esto aplica un principio bíblico en muchas ocasiones descuidado. Mientras que el perdón y la comunión en y con la iglesia local en cuestión son condiciones mínimas para el ejercicio de tales ministerios, no son los únicos requisitos. El establecimiento de personas en oficios de liderazgo se hace sobre la base de una madurez espiritual, de sus dones y de un idealismo social y moral. Al mismo tiempo se hace consideración de las implicaciones de la gracia de Dios que nos ubicó en la iglesia que necesitada de la funcionalidad de los miembros pretende activarlos de una manera legítima y tomando la fundamental premisa de la protección del testimonio de ella ante el mundo y evitando todo lo que distorsione o haga ruido a su mensaje, cuestiones como los malos precedentes y aquello que sea motivo de tropiezo, es por eso que se considera el servicio en atención a lo público o no tan público que resulta, igual en lo sensato o insensato que pueda resultar la exposición de quien pretende servir o ser invitado a hacerlo.
Entregamos la más cálida bienvenida a la comunión de la iglesia a los que, por varias razones, han fracasado en aquel ideal que es un matrimonio-nunca-interrumpido, pero simultáneamente somos humildemente opuestos a que hermanos que con su oficio puedan dejar un mal precedente o perjuicio sobre el testimonio de la fe en esa iglesia, se ocupen en cargos, ministerios visibles, y/o funciones públicas, en tales casos el Presbiterio tendrá que categorizar cuanta visibilidad es conveniente o inconveniente para el mejor bien de la fe y el Cuerpo de Cristo. Es importante analizar si la conducta de una persona puede ser motivo de tropiezo para otro, especialmente si un tipo de conducta pecaminosa o subideal se categoriza como normal y repetible, y tomar las medidas más saludables para quien haya actuado o quien sea conocedor de las actuaciones. Luego, ante esto no se debe ceder a conveniencias circunstanciales que hacen más daño a largo plazo, o a sentimentalismos que podrían perjudicar incluso al hermano. Lo cierto es que hay cicatrices que no pueden convertirse en belleza; ella siguen siendo cicatrices. No podemos pensar solo en el bien circunstancial del individuo particular; sino que se debe tener presente que la iglesia comunica por una parte la gracia de Dios, pero por otra su santidad y severidad, y que de esa forma funciona como conciencia de la humanidad.
Es posible encontrase a esta altura con el argumento que el proceder planteado no es consono con un perdón total, ni una restauración completa. Con tales argumentos diferimos. La doctrina evangélica del perdón que es completo y sobreabundante para el pecador arrepentido que ha creído, es clara y enfática en la Biblia. Esto es algo que guardamos y enseñamos con su debido énfasis y diligencia a fin de que los creyentes lo experimenten y dispensen a diario con generosidad y radicalidad. Asimismo la Palabra de Dios enseña particularmente que los creyentes perdonados deben ser completamente restaurados. No hay obstáculo aceptable en el camino de la plena comunión y compañerismo (1 Co. 1:9). Por otra parte, ratificamos que no reflexionamos así por la imposibilidad del perdón, sino también en función de la protección de los “débiles en la fe” (Romanos 14 y 15:1-6) y la preservación de ese testimonio que no debe encontrar tropiezos y menos aún generar explicaciones que le hagan más daño que bien al que es expuesto a la necesidad de ser justificado ente los demás. Por encima del pretendido bienestar individual está la preservación del bienestar colectivo (como la familia) o las relaciones humanas, esto es la esencia del amor y el destierro del egoísmo.
Quien ama a Dios, ama a Su pueblo, y busca preservar el testimonio para no ser motivo de tropiezo a la generación de los hijos de Dios (Salmo 73:15).
Luego, las Escrituras son igualmente enfáticas en cuanto a requisitos espirituales, morales y sociales para asignaciones específicas de servicio. Esto es evidente en pasajes como Hechos 1:21-22; 6:3-5; 1 Timoteo 3:1-13; 4:12-13 y Tito 1:5-9, etc.
Es importante no confundir las dos caras de la moneda en este asunto. Entendemos la gratuidad de la salvación y lo abundante del perdón. El servicio, sin embargo tiene otros matices. Se trata de una gracia que el Señor proporciona al creyente según su soberana voluntad, conforme a sus justas demandas y sus legítimos ideales. De modo que el servicio, en contraste con la salvación, traerá recompensas; y delante de Dios habrá diferencias entre unas y otras. No todos recibirán el mismo galardón, ni todos ocuparán la misma posición en la presencia y el Tribunal de Cristo. Unos brillarán como las estrellas, unos llevarán corona, otros gobernarán sobre más ciudades. Dios tiene derecho a plantear a su pueblo los requerimientos de cada servicio tal como lo vemos en el Nuevo Testamento, cuando se asignan diáconos con requerimientos distintos a los obispos, y así con los funcionarios que él decida.
Desde la perspectiva bíblica la salvación, la comunión, y por otra parte el servicio, son categorías distintas. La primera es recibida sobre la base de la fe; mientras que el servicio es dado por el Señor en estrecha relación con sus propias demandas y calificaciones morales y espirituales. Éstas se deben pasar por alto, sino que nos lleva a reconocer con humildad al Señor que es el Juez justo, que es también el Salvador lleno de gracia y de verdad, el que nos fortalece para vivir y hacer la obra que nos encomienda.
Finalmente dependemos de la sabiduría que imparte el Espíritu Santo para discernir como iglesia, los alcances y límites del servicio público del recasado en la obra del Señor, y al mismo tiempo somos llamados a la manifestación humilde del amor que debe guiarnos y dominarnos para asistir en la fe a quienes han pasado por el quebranto del divorcio, y entran luego en un nuevo matrimonio, a fin de guiarles a prosperar en la fe, y se mantengan como parte del huerto de Dios floreciendo en las circunstancias que les toque vivir.

13 comentarios:

Anónimo dijo...

Sin duda que en nuestros país y las otras partes del mundo vivimos una crisis moral en lo que respecta al matrimonio o convivencias de parejas pero solo puede cambiar el mundo aceptando a Cristo y naciendo de nuevo solo así podremos dales el verdadero significado a nuestra familia y los diferentes entornos.

La iglesia tiene un papel protagónico en lo que se refiere al cambio de la persona por medio de la palabra de Dios.

Mateo 5:32 y 19:9 citas muy polemicas por algunos pero con bastante impacto en cuanto a una verdad que sostiene la Biblia ya que sería bastante complicado mantener una relación en donde hay una infidelidad. Sin embargo también sostiene la palabra de Dios que el perdón y la reconciliación es lo principal.

Dios lo bendiga

Adrian Sanchez dijo...

Hola Pastor
Me queda claro lo del recasamiento y el servicio
Pero por favor aclareme sobre el divorciado y el servicio,
Es posible que un cristiano miembro de una iglesia y que se divorcia, preste servicio ministerial?

José Piñero dijo...

Es posible, dependiendo de la situación.

IVAN dijo...

Buenos días Pastor, siguiendo la línea de Adrian: Es posible que un cristiano que se divorcia, pueda prestar servicios pastorales?

Anónimo dijo...

buenas noches Pasto, por lo que he leido y ahora puedo entender sobre el divorsio.
para mi esto seria muy triste si en algun momento pasara por esta situacion, yo creo que lo que Dios ha unido el hombre no podra separar. cuando leemos la palabra nos adamo cuenta que el hombre y la mujer son una sola carne y se uniran, esto me habala de un sentir de pertenencia de compromiso con la parsona que El señor me ha dado para que sea mi ayuda idonea. por la tonto esto amerita de amor sacrificio y otras cosas mas. valor identidad o no se es lo que veo en esto. mas sin embargo vemos casos de parejas cristianas que se han separado, yo pienso que se han dejado engañar por el enemigo dandole entrada a su metira y no dandole importancia a la palbra de Dios. amarse los unos alos otros. respetarse y permaneser unidos por la eternidad. donde queda el juramento y el pacto que se hace delante del señor. si es el caso de alguna situacion de engaño y alguno de los dos quieren y desean pedir perdon y el otro no acepta, creo que este no ha sabido conocer del amor de Dios ya que para el señor no hay pecado por tamaños entonce porqu eno perdonar una infedelidad y volver a busacr de Dios. pidiendo restauracion y ayuda quizas. no entiendo. enrique

Anónimo dijo...

me llama la atención del texto (no puede leerlo todo) la siguiente cita:

1. La monogamia matrimonial (un hombre y una mujer). Observe las palabras del Señor que exponen el ideal original: “Por esto el hombre (singular) dejará ..., y se unirá a su mujer (singular), y los dos serán una sola carne” (Mt. 19:5; Mr. 10:7-8).

EL pasaje del que Jesús cita estas palabras proviene de Génesis, luego que el hombre forma al ser humano. Ahora bien, basado en el testimonio histórico de los grandes hombres de la fe, observamos que muchos de ellos no cumplían con la interpretación que se hace aqui en este pasaje.

Me parece que el caso de la monogamia es un asunto netamente cultural, puesto que hoy día la cultura oriental contempla que el hombre pueda tener varias esposas al mismo tiempo.

olivia dijo...

Bendiciones aun me queda una duda, y es sobre la persona que se casa con otra que ha sido divorciada, por ejemplo si el hombre se divorcia por las causas de abandono y fornicacion Y Dios le restaura y al paso del tiempo se quiere casar denuevo con una mujer que nunca se ha casado, que se ha guardado para el matrimonio pura delante de Dios, ella estaria haciendo mal? pues si el hombre viene siendo el repudiado, entonces si ella se casa con el estaria en pecado?

José Piñero dijo...

Hola Joe, estoy de acuerdo contigo. Dtb

José Piñero dijo...

Para Iván:
Saludos Iván. Tal como digo en el artículo publicado, todo dependerá de la situación y motivación que rodean la decisión de divorciarse.

José Piñero dijo...

Saludos Enrique. Gracias por tu valioso aporte.

José Piñero dijo...

Para Juan Casado:
Saludos Juan Casado. Según el testimonio histórico encontramos una variedad de principios morales que constituyen ideales divinos que no fueron cumplidos por los “grandes hombres de fe”, eso no quiere decir que tales principios carecieran de valor o respondieran a una cuestión cultural. Los cristianos encontramos en Jesús al más válido interprete de las Escrituras y fue Jesús quien interpreta en el ideal divino el principio monogámico de la relación matrimonial (Mateo 19); no obstante encontramos que inicialmente al ser entregada la ley en un contexto cultural que subestimó a la mujer, la ley fue adaptada a manera de concesión a tal realidad, sin embargo en el propósito y actuar histórico de Dios encontramos una evolución moral hacia el ideal divino, de modo que encontramos un proceso de santificación histórica en los distintos kairos divinos, pero especialmente en el establecimiento de los estatutos del reino establecidos en las palabras de Jesús “más al principio no fue así”.

José Piñero dijo...

Saludos Olivia.
Según lo que está publicado en el artículo, el nuevo matrimonio del caso específico que planteas es perfectamente válido.

José Piñero dijo...

A todos mis disculpas por tardar tanto en responder.